Secuestro extorsivo que se concreta cuando el hecho se comete en la persona de un ascendiente, hermano, cónyuge o conviviente o alguien a quien se debe respeto particular. CP, Art. 170, pár. 2, Inc. 2.
Delito de sustraer, retener u ocultar a una persona y exigir el pago de un rescate para liberarla que se agrava porque la víctima es un familiar directo o alguien a quien se debe respeto.